Lei núm. 1,451.- Santiago, 28 de enero de 1901.- Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobacion al siguiente
PROYECTO DE LEI:
Artículo único.- Declárase que doña Avelina i doña Amalia Ferreira, hijas del sarjento-mayor de la época de la Independencia, don Pablo Ferreira, han tenido derecho a gozar de los beneficios de la lei de 22 de setiembre de 1890, que mejoró las pensiones de montepío militar, desde la fecha en que aquella lei se puso en vijencia.
I por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo i sancionarlo; por tanto, promúlguese i llévese a efecto como lei de la República.- FEDERICO ERRAZURIZ E.- Arturo Besa.