Artículo 62° Los profesionales de la educación que se desempeñan en el sector municipal se regirán por las normas del decreto conDecreto 215, EDUCACIÓN
Art. ÚNICO N° 1
D.O. 05.01.2012
fuerza de ley Nº 1, de 1996, del Ministerio de Educación, en lo que le sean aplicables y supletoriamente por las del Código del Trabajo y sus leyes complementarias, y las de este Reglamento.