Artículo único.- Autorízase, por gracia, a doña Inés Cordovez Torres, para que reintegre las imposiciones correspondientes al período comprendido entre el 1º de Octubre de 1952 y el 31 de Julio de 1953.
La Caja de Previsión de los Empleados Particulares procederá a recibir las imposiciones por dicho período las que serán de cargo de la interesada.