Artículo 3º.- El cambio de dependencia del Departamento de Administración y Secretaría General del Ministerio de Obras Públicas, no implicará aumento o disminución de su actual dotación de personal ni modificación de sus plantas vigentes, salvo en lo que se refiere al cargo del Jefe del Departamento de Administración y Secretaría General, que se traspasa de la planta de la Dirección General de Obras Públicas, a la planta de la Subsecretaría de Obras Públicas.