AMPLIA LISTA DE PERITOS PARA LA VII REGION DEL MAULE
    Núm. 95 exento.- Santiago, 30 de marzo de 1999.- Vistos: estos antecedentes, lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 4º del decreto ley Nº2.186, de 1978, modificado por el artículo único de la ley Nº18.932; el decreto supremo de Hacienda Nº692, de 1978; el decreto supremo de Interior Nº976, de 1995, que modificó el decreto supremo Nº654, de 1994, de ese mismo Ministerio; la resolución Nº520, de 1996, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la resolución Nº55, de 1992, de la Contraloría General de la República; el oficio Ord. NºJ 129, de 25 de febrero de 1999, de la señora Intendente de la VII Región del Maule; y el oficio Ord. NºD-79/00416, de 16 de marzo de 1999, del señor Subsecretario del Interior.

    D e c r e t o:


    Amplíase, con los siguientes profesionales, la lista de peritos para la VII Región, del Maule, de entre los cuales la entidad expropiante designará a los miembros de la comisión encargada de determinar el monto provisional de la indemnización en un procedimiento expropiatorio, aprobada por decreto supremo de Hacienda Nº692, de 1978, publicado en el Diario Oficial de fecha 7 de diciembre de 1978:

Arquitectos:

Alejandro José Abarzúa Leiva.
Sonia Angélica Castro Soto.
Enrique Luis Figueroa Echeverría.
Mariela Lillo Felmer.
Jorge Eugenio Rivera Puentes.
Jorge José Alberto Tuteleers Binyons.


Ingenieros Agrónomos:

Mirta del Carmen Brunel Saldías.
Alfonso Arístides Fernández Viveros.
José Cristián Larraín Barros.
Jorge Robinson Quiroga Letelier.
María Cristina Ayala Muñoz.
María Angélica Figueroa Donoso.
Claudio Luis Urbina Zamora.
Viviana Alicia Araya Tapia.
Francis Alex Miño Ramos.
Enrique Eduardo Eugenio Lagos Ffrench-Davis.
Paula Soledad González Ortega.
Carlos Arturo Garcés Fernández.

    Anótese, comuníquese y publíquese.- Por orden del Presidente de la República, Eduardo Aninat Ureta, Ministro de Hacienda.

    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda a Ud., Jorge Kaufmann Rocco, Subsecretario de Hacienda Subrogante.