Lei núm. 1,802.- Santiago, 19 de enero de 1906.- Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobacion al siguiente

    PROYECTO DE LEI:

    "Artículo único.- Concédese, por gracia, desde la vijencia de la presente lei, a doña María Amelia Molina, viuda de Várgas, y a sus hijas doña Blanca, doña Mercedes y doña Valentina Várgas, una pension de mil pesos anuales de que disfrutarán con arreglo a la lei de montepío militar."
    I por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo i sancionarlo; por tanto, promúlguese i llévese a efecto como lei de la República.- JERMAN RIESCO.- Belfor Fernández.