Artículo 1.° Concédese a la Compañía Carbonífera "Los Rios de Curanilahue", o a quien sus derechos represente:
1.° Permiso para construir i esplotar una línea férrea entre el establecimiento carbonífero denominado "Los Rios de Curanilahue" i un punto de la costa en la bahía del Carnero;
2.° El uso de los terrenos fiscales destinados a la construccion de la vía, estaciones, desvíos i maestranzas; i 3.° El uso de las vias públicas en las partes que la línea las recorra o atraviese, siempre que no embarace o perjudique el tráfico público.