Ley 20791
Art. 1 N° 7
D.O. 29.10.2014
    Artículo 84.- Tratándose de expropiaciones parciales se deducirá o imputará del monto de la indemnización el cambio de valor que adquiera la parte no expropiada como consecuencia de las inversiones que realice el Estado Ley 21450
Art. tercero N° 5
D.O. 27.05.2022
vinculadas con dicha expropiación, o del plan o instrumento de planificación que declaró la utilidad pública.