Artículo 42°.- El Plan Regulador Comunal estará compuesto de:
a) Una Memoria explicativa, que contendrá los antecedentes socio-económicos; los relativos a crecimiento demográfico, desarrollo industrial y demás antecedentes técnicos que sirvieron de base a las proposiciones y los objetivos, metas y prioridades de las obras básicas proyectadas;
b) Un estudio de factibilidad para ampliar o dotar de agua potable y alcantarillado, en relación con el crecimiento urbano proyectado, estudio que requerirá consulta previa al Servicio Sanitario correspondiente de la Región;
c) Una Ordenanza Local que contendrá las disposiciones reglamentarias pertinentes, y
d) Los planos, que expresan gráficamente las disposiciones sobre uso de suelo, zonificación, equipamiento, relaciones viales, líimite urbano, áreas prioritarias de desarrollo urbanoLey 21744
Art. 33 N° 2
D.O. 23.05.2025, de riesgo yLey 21078
Art. primero N° 9
D.O. 15.02.2018 restricción, etc.
Art. 33 N° 2
D.O. 23.05.2025, de riesgo yLey 21078
Art. primero N° 9
D.O. 15.02.2018 restricción, etc.
Para los efectos de su aprobación, modificación y aplicación, estos documentos constituirán un solo cuerpo normativo.