Artículo 42°.- El Plan Regulador Comunal estará compuesto de:
a) Una Ley 21807
Art. 5 N° 19
D.O. 16.02.2026memoria explicativa que contendrá los antecedentes socioeconómicos, aquellos relativos a crecimiento demográfico, desarrollo industrial, de factibilidad económica de la propuesta, y demás antecedentes conceptuales y técnicos que sirvieron de base a las proposiciones y los objetivos, metas y prioridades de las obras básicas proyectadas. Asimismo, la memoria deberá contener un listado de indicadores de seguimiento y criterios de actualización y rediseño que permitan realizar su revisión periódica y monitoreo conforme lo dispone el artículo 28 sexies, en coherencia con aquellos indicadores y criterios establecidos en el artículo 7 quáter de la ley Nº 19.300.
Art. 5 N° 19
D.O. 16.02.2026memoria explicativa que contendrá los antecedentes socioeconómicos, aquellos relativos a crecimiento demográfico, desarrollo industrial, de factibilidad económica de la propuesta, y demás antecedentes conceptuales y técnicos que sirvieron de base a las proposiciones y los objetivos, metas y prioridades de las obras básicas proyectadas. Asimismo, la memoria deberá contener un listado de indicadores de seguimiento y criterios de actualización y rediseño que permitan realizar su revisión periódica y monitoreo conforme lo dispone el artículo 28 sexies, en coherencia con aquellos indicadores y criterios establecidos en el artículo 7 quáter de la ley Nº 19.300.
b) Un estudio de factibilidad para ampliar o dotar de agua potable y alcantarillado, en relación con el creLey 21744
Art. 33 N° 2
D.O. 23.05.2025cimiento urbaLey 21078
Art. primero N° 9
D.O. 15.02.2018no proyectado, estudio que requerirá consulta previa al Servicio Sanitario correspondiente de la Región;
Art. 33 N° 2
D.O. 23.05.2025cimiento urbaLey 21078
Art. primero N° 9
D.O. 15.02.2018no proyectado, estudio que requerirá consulta previa al Servicio Sanitario correspondiente de la Región;
c) Una Ordenanza Local que contendrá las disposiciones reglamentarias pertinentes, y
d) Los planos, que expresan gráficamente las disposiciones sobre uso de suelo, zonificación, equipamiento, relaciones viales, líimite urbano, áreas prioritarias de desarrollo urbano, de riesgo y restricción, etc.
Para los efectos de su aprobación, modificación y aplicación, estos documentos constituirán un solo cuerpo normativo.