SEPARA LOS CARGOS DE SECRETARIO DEL JUZGADO DE LETRAS DEL DE NOTARIO CONSERVADOR, DE LEBU
    Santiago, 3 de mayo de 1996.- Hoy se decretó lo que sigue:
    Núm. 459.- Vistos: Estos antecedentes, lo dispuesto en el artículo 32 N° 8 de la Constitución Política de la República; en los artículos 400, 447 y 470 del Código Orgánico de Tribunales, en el Decreto Supremo de Justicia N° 924 de 1981 y lo solicitado por la Ilma. Corte de Apelaciones de Concepción, mediante Oficio N° 09, de 21 de marzo de 1996.
    Decreto:

    Sepáranse los cargos de Secretario del Juzgado de Letras de Lebú, del de Notario Conservador de esa comuna, actualmente servidos por una misma persona.
    Tómese razón, comuníquese y publíquese.- Por orden del Presidente de la República, María Soledad Alvear Valenzuela, Ministro de Justicia.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Le saluda atentamente, José Antonio Gómez Urrutia, Subsecretario de Justicia.