OTORGA INDEMNIZACION AL PERSONAL QUE INDICA, DEPENDIENTE DEL MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL, QUE CESE EN SUS EMPLEOS DURANTE EL AÑO 1980

    Núm. 3.161.- Santiago, 28 de Enero de 1980.- Visto: Lo dispuesto en los decretos leyes N.os 1 y 128, de 1973; 527, de 1974, y 991, de 1976,
    La Junta de Gobierno de la República de Chile ha acordado dictar el siguiente

    Decreto ley:


    Artículo 1º- El personal de planta de las Instituciones de la Defensa Nacional a que se refiere el artículo 4º del DFL. Nº 1 (G) de 1968, el personal de planta de Carabineros de Chile a que se refiere el artículo 11 del DFL. Nº 2 (I) de 1968 y el personal de planta de Investigaciones, similar al de Carabineros, que cese en sus empleos durante el año 1980, por decisión de la autoridad respectiva, por causales que no les sean imputables y no cumpla con los requisitos para obtener pensión de retiro, tendrá derecho a gozar de una indemnización equivalente a seis meses del total de las remuneraciones devengadas en el último mes en que prestó servicios. Dicha indemnización no será imponible, no constituirá renta para ningún efecto legal y, será pagada de una sola vez.

NOTA:
      El Art. 1° del DL 3658, Defensa, publicado el 28.03.1981, renovó hasta el 31 de Diciembre de 1981 la vigencia de este decreto ley.
    Artículo 2º- El mayor gasto que signifique la aplicación de este decreto ley se solventará con cargo al item 50/01/02/24/30.004 del Presupuesto de 1980.
    Regístrese en la Contraloría General de la República, publíquese en el Diario Oficial e insértese en la Recopilación Oficial de dicha Contraloría y en los Boletines Oficiales del Ejército, Armada, Fuerza Aérea, Carabineros de Chile e Investigaciones de Chile.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.- CESAR MENDOZA DURAN, General Director de Carabineros.- FERNANDO MATTHEI AUBEL, General del Aire, Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea.- RAUL LOPEZ SILVA, Vicealmirante, Comandante en Jefe de la Armada subrogante.- César Benavides Escobar, Teniente General, Ministro de Defensa Nacional.- Enrique Seguel Morel, Teniente Coronel, Ministro de Hacienda subrogante.
    Lo que se transcribe para su conocimiento.- Julio Bravo Valdés, Coronel, Subsecretario de Guerra.