Artículo 5°- El Jefe de Gabinete será el Subjefe de La Secretaría, cargo que será ocupado por el oficial en servicio activo de Orden y Seguridad de la jerarquía de Oficial Superior u Oficial Jefe, quien en caso deDTO 336, DEFENSA
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ausencia e inhabilidad del Subsecretario, le corresponderá subrogarle en sus funciones.
    Para este efecto, su firma también deberá estar registrada en el Ministerio de Relaciones Exteriores, Contraloría General de la República, Tesorería General u otros organismos que corresponda.
    Como Subjefe de la Subsecretaría, su función básica es de establecer y mantener la coordinación del trabajo de todas las dependencias de la Subsecretaría, y para lo cual deberá:
    a) Mantenerse informado de todas las materias administrativas o de otro orden, por lo cual, pasará por su control todos los documentos que se reciban en la Subsecretaría, procediendo a estudiar y analizar para la resolución del Subsecretario de Carabineros y dar normas u órdenes en los asuntos que requieran de urgencia;
    b) Presidir las reuniones periódicas de los Jefes de dependencias, estableciendo los procedimientos de trabajo y definir discrepancia entre los Departamentos sobre materias determinadas, si las hubiere;
    c) Firmar por el Subsecretario toda la documentación de rutina que no sea necesaria ser conocida por éste;
    d) Firmar las transcripciones de las resoluciones dictadas por el Subsecretario;
    e) Representar al Subsecretario en los Comités, Consejos o reuniones, cuando éste lo disponga;
    f) Cumplir comisiones o tareas especiales que le sean encomendadas por el Subsecretario;
    g) Ejercer la conducción de la vida interna y normal desarrollo de sus actividades de la Subsecretaría y las relaciones de mando y jerárquico entre sus componentes, de acuerdo a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes;
    h) Mantener a su cargo el control general y supervigilancia de todas las dependencias de la Subsecretaría;
    i) Calificar a los Oficiales Jefes de CarabinerosDTO 336, DEFENSA
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que se desempeñen en la Subsecretaría, ejerciendo sobre ellos, la competencia disciplinaria de Cuarto Grado que señala el Reglamento de Disciplina de Carabineros de Chile, No. 11.
    j) Llevar y mantener al día las carpetas de antecedentes personales y libro de Nombramiento Supremo, y
    k) Confeccionar el informe anual de las labores de la Subsecretaría, para la elaboración del mensaje presidencial.