Artículo 9°- Corresponde a este Departamento:D.O. 16.07.1990
a) Estudiar, revisar y elaborar documentos como: decretos, resoluciones y órdenes ministeriales;
b) Numeración, registro, transcripción y despacho de los documentos citados;
c) Estar al día en el movimiento de tramitación de la documentación mencionada;
d) Despachar las transcripciones de decretos, resoluciones y órdenes ministeriales totalmente tramitadas, de acuerdo a la distribución señalada en cada documento;
e) Mantener informado sobre el estado de tramitación de su incumbencia, al Subjefe, Ayudante de laDTO 336, DEFENSA
Nº 7
D.O. 16.07.1990 Subsecretaría y Jefe del Departamento Administrativo;
Nº 7
D.O. 16.07.1990 Subsecretaría y Jefe del Departamento Administrativo;
f) Proporcionar informe sobre la tramitación de los decretos o resoluciones, al público en general que la requiera, sobre asuntos de su incumbencia personal;
g) Mantener las disposiciones legales y reglamentarias, como asimismo los Diarios Oficiales u otros documentos de consulta, para el buen desarrollo de las labores del Departamento;
h) Disponer el envío al Archivo General de la Subsecretaría, de los Decretos, Resoluciones y Ordenes Ministeriales con sus antecedentes, totalmente tramitados, e
i) Llevar el control de los decretos relacionados con comisiones de servicios al extranjero, de funcionarios de Carabineros.