Artículo 9°- Corresponde a este Departamento:D.O. 16.07.1990
    a) Estudiar, revisar y elaborar documentos como: decretos, resoluciones y órdenes ministeriales;
    b) Numeración, registro, transcripción y despacho de los documentos citados;
    c) Estar al día en el movimiento de tramitación de la documentación mencionada;
    d) Despachar las transcripciones de decretos, resoluciones y órdenes ministeriales totalmente tramitadas, de acuerdo a la distribución señalada en cada documento;
    e) Mantener informado sobre el estado de tramitación de su incumbencia, al Subjefe, Ayudante de laDTO 336, DEFENSA
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D.O. 16.07.1990
Subsecretaría y Jefe del Departamento Administrativo;
    f) Proporcionar informe sobre la tramitación de los decretos o resoluciones, al público en general que la requiera, sobre asuntos de su incumbencia personal;
    g) Mantener las disposiciones legales y reglamentarias, como asimismo los Diarios Oficiales u otros documentos de consulta, para el buen desarrollo de las labores del Departamento;
    h) Disponer el envío al Archivo General de la Subsecretaría, de los Decretos, Resoluciones y Ordenes Ministeriales con sus antecedentes, totalmente tramitados, e
    i) Llevar el control de los decretos relacionados con comisiones de servicios al extranjero, de funcionarios de Carabineros.