Lei núm. 2,022.- Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobacion al siguiente
PROYECTO DE LEI:
Artículo 1.° Se autoriza al Presidente de la República para que contrate en propuestas públicas por una suma que no exceda de dos millones trescientos mil pesos ($ 2.300,000) la construccion de un ferrocarril que una las ciudades de Ancud i Castro, en la provincia de Chiloé.
Art. 2.° Se declaran de utilidad pública los terrenos de propiedad municipal o particular que se requieran para la construccion de la línea, sus estaciones i anexos, según los planos que apruebe el Presidente de la República, debiendo hacerse la espropiacion en conformidad a la lei de 18 de junio de 1857.
I por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo i sancionarlo; por tanto, promúlguese i llévese a efecto como lei de la República.
Santiago, dos de setiembre de mil novecientos siete.- Pedro Montt.- Gonzalo Urrejola.