AUTORIZA, POR GRACIA, A DON LUIS ALBERTO CANALES ASTORGA PARA REINTEGRAR IMPOSICIONES
Santiago, 9 de Enero de 1980.- Hoy se decretó lo que sigue:
Núm. 3.134.- Visto: Lo dispuesto en los decretos leyes N.os 1 y 128, de 1973; Nº 527, de 1974, y Nº 991, de 1976, y
Considerando: El informe favorable de la Comisión Especial de Beneficios por Gracia, creada por decreto supremo de Interior Nº 1.702, de 27 de Noviembre de 1973.
La Junta de Gobierno de la República de Chile ha acordado dictar el siguiente
Decreto ley:
Artículo único.- Autorízase, por gracia, a don Luis Alberto Canales Astorga, para que reintegre las imposiciones correspondientes al período comprendido entre el 1º de Abril de 1949 y el 31 de Mayo de 1958.
La Caja de Previsión de Empleados Particulares procederá a recibir las imposiciones por dicho período, las que serán de cargo del interesado.
Regístrese en la Contraloría General de la República, publíquese en el Diario Oficial e insértese en la Recopilación Oficial de dicha Contraloría.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.- JOSE T. MERINO CASTRO, Almirante, Comandante en Jefe de la Armada.- CESAR MENDOZA DURAN, General Director de Carabineros.- FERNANDO MATTHEI AUBEL, General del Aire, Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea.- Sergio Fernández Fernández, Ministro del Interior.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda a Ud.- Juan Ignacio García Rodríguez, Subsecretario del Interior subrogante.