RECONOCE, POR GRACIA, TIEMPO SERVIDO POR DON EDMUNDO JARA VILLALOBOS
Santiago, 12 de Febrero de 1980.- Hoy se acordó lo que sigue:
Núm. 3.239.- Visto: Lo dispuesto en los decretos leyes N.os 1 y 128, de 1973; N° 527, de 1974, y N° 991, de 1976, y
Considerando: El informe favorable de la Comisión Especial de Beneficios por Gracia, creada por decreto supremo de Interior número 1.702, de 27 de Noviembre de 1973.
La Junta de Gobierno de la República de Chile ha acordado dictar el siguiente
Decreto ley:
Artículo único.- Reconócese, por gracia, a don Edmundo Jara Villalobos, para todos los efectos legales y en especial para su jubilación el período comprendido entre el 16 de Mayo de 1959 y el 5 de Febrero de 1961.
Las imposiciones correspondientes a dicho período serán de cargo del interesado y la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas procederá a recibirlas.
NOTA:
El Artículo único del DL 3595, Interior, publicado el 20.01.1981, modificó el presente decreto ley, en el sentido que el período que se reconoce, es el comprendido entre el 16 de Mayo de 1959 y el 5 de Febrero de 1962.
El Artículo único del DL 3595, Interior, publicado el 20.01.1981, modificó el presente decreto ley, en el sentido que el período que se reconoce, es el comprendido entre el 16 de Mayo de 1959 y el 5 de Febrero de 1962.
Regístrese en la Contraloría General de la República, publíquese en el Diario Oficial e insértese en la Recopilación Oficial de dicha Contraloría.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.- JOSE T. MERINO CASTRO, Almirante, Comandante en Jefe de la Armada.- CESAR MENDOZA DURAN, General Director de Carabineros.- FERNANDO MATTHEI AUBEL, General del Aire, Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea.- Sergio Fernández Fernández, Ministro del Interior.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda a Ud.- Enrique Montero Marx, Coronel de Aviación (J), Subsecretario del Interior.