MODIFICA DECRETO Nº 41, DE 1998, QUE FIJA DELIMITACION DE RECINTO PORTUARIO DEL PUERTO DE IQUIQUE

    Núm. 45.- Santiago, 9 de abril de 1999.- Vistos: El oficio Nº 27, de fecha 29 de marzo de 1999, de la Empresa Portuaria Iquique; la inscripción de fs. 217 vta. Nº 223, Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Iquique, correspondiente al año 1962.

    Considerando:

    1. Que, dada la necesidad de adecuar la delimitación del recinto portuario a las áreas consideradas en el plan maestro formulado por la Empresa Portuaria Iquique, el Directorio de la misma, mediante acuerdo número 01.16.99, adoptado en su Sesión Ordinaria de Directorio Nº 16, de fecha 28 de enero de 1999, ha propuesto al Presidente de la República una modificación de recinto portuario del Puerto de Iquique, establecido por decreto supremo del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones Nº 41, de 12 de marzo de 1998, a fin de que sea determinado mediante decreto supremo expedido por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
    2. Que, para los efectos antedichos, se ha comprendido en la delimitación bienes inmuebles de propiedad de la Empresa Portuaria Iquique, del Fisco de Chile y las áreas marítimas correspondientes.
    Y, teniendo presente lo dispuesto en el inciso primero, del artículo 11 de la ley Nº 19.542 y lo establecido en el artículo 32 Nº 8 de la Constitución Política del Estado, dicto el siguiente:

    D e c r e t o:



    1. Modifícase el recinto portuario del Puerto deDTO 107, TRANSPORTES

D.O. 21.06.2000
Iquique, establecido por el decreto supremo del Ministerio N° 1 de Transportes y Telecomunicaciones Nº 41, de 1998, graficado en el plano Nº IQQ-TC-9801, el que se reemplaza por el consignado en el plano Nº IQQ-01-2000 de la Empresa Portuaria Iquique.
    2. De acuerdo a lo anterior, el recinto portuario del DTO 107, TRANSPORTES
N° 2
D.O. 21.06.2000
Puerto de Iquique, dependiente de la Empresa Portuaria Iquique, comprende las áreas marítimas y terrestres comprendidas dentro del polígono identificado por los siguientes deslindes, según se indica en plano IQQ-01-2000, de la Empresa Portuaria Iquique, protocolizado con fecha 13 de abril de 2000, bajo el número 168, Rep. 1419, en la Notaría de Iquique, de don Néstor Araya Blazina.
Norte: En línea recta de quinientos cincuenta metros de longitud sobre el mar, tramo A-B, con orientación N 90°E.
Este:  En línea quebrada continua, en tramos de mil trescientos sesenta y dos metros y cuarenta centímetros (tramo B-C), trescientos cinco metros y cuarenta centímetros (tramo C-D) y ciento sesenta y un metros y cincuenta centímetros (tramo D-E), sobre el mar; y de treinta metros y noventa centímetros sobre el borde costero (tramo E-F). Los tramos sobre el mar tienen la siguiente orientación:
      Tramo B-C    :      E 75.49°S.
      Tramo C-D    :      S 5.44°O.
      Tramo D-E    :      S 11.49°E.
Sur:  En línea quebrada continua, en tramos de ciento ochenta y cuatro metros y noventa centímetros sobre borde costero, con terrenos de la Empresa Portuaria Iquique (tramo F-G); sesenta y ocho metros y diez centímetros (tramo G-H), setenta metros (tramo H-I), y sesenta y siete metros y veinte centímetros (tramo I-J), sobre el mar, treinta metros y treinta centímetros sobre el borde costero, con terrenos de Empresa Portuaria Iquique (tramo J-K); cuarenta y ocho metros con acceso al muelle Prat (tramo K-L); ciento cuarenta, ocho y cincuenta y tres metros con ex propiedad de Ferrocarriles del Estado (tramo L-M); y setecientos noventa y un metros y noventa centímetros con terrenos ex propiedad de Ferrocarriles del Estado y el borde costero (tramo M-N). Los tramos sobre el mar tienen la siguiente orientación:
      Tramo G-H    :      N 37.79°O.
      Tramo H-J    :      S 52.21°O.
      Tramo I-J    :      E 52.21°S.
Oeste: En línea quebrada continua, en tramos de ochocientos metros y noventa centímetros (tramo N-Ñ), novecientos sesenta y un metros y veinte centímetros (tramo Ñ-O), y ochocientos metros (tramo O-A), sobre el mar. Estos tramos tienen la siguiente orientación:
      Tramo N-Ñ    :      N 49.41°O.
      Tramo Ñ-O    :      N 27.27°E.
      Tramo O-A    :      N 0°O.
    3. Se excluye el polígono irregular P-Q-R-S-P, correspondiente a terrenos de propiedad de la Dirección de Bienestar de la Armada de Chile.

    Anótese, tómese razón y publíquese.- EDUARDO FREI RUIZ-TAGLE, Presidente de la República.- Claudio Hohmann Barrientos, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda a Ud., Patricia Muñoz Villela, Jefe Depto. Administrativo.