Lei núm. 2,278.- Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobacion al siguiente
PROYECTO DE LEI:
Artículo único.- En atencion a los servicios prestados durante la guerra contra el Perú i Bolivia por el teniente-coronel de Ejército, don Virjilio Méndez, auméntase, por gracia, a ciento veinte pesos ($ 120) mensuales la pension de montepío de que actualmente disfrutan su viuda e hijos lejítimos, debiendo rejir el aumento desde la fecha de la promulgacion de esta lei.
I por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo i sancionarlo; por tanto, promúlguese i llévese a efecto como lei de la República.
Santiago, cinco de marzo de mil novecientos diez.- Pedro Montt.- Aníbal Rodríguez H.