Lei núm. 2,461.- Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobacion al siguiente
PROYECTO DE LEI:
Artículo único.- Autorízase al Presidente de la República para invertir hasta las sumas de sesenta mil pesos ($ 60,000) moneda corriente i cien mil pesos ($ 100,000) oro de dieciocho peniques en el pago de las cuentas pendientes del Ministerio de Relaciones Esteriores, Culto i Colonizacion, que traen su oríjen de gastos efectuados en 1909 i años anteriores i que no han sido canceladas con los ítem respectivos de la lei de presupuestos vijente.
Se le autoriza asimismo para que pueda invertir hasta la suma de cinco mil pesos ($ 5,000) en cancelar las cuentas pendientes por alimentacion de inmigrantes en la Hospedería de Talcahuano.
I por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo i sancionarlo; por tanto, promúlguese i llévese a efecto como lei de la República.
Santiago, primero de febrero de mil novecientos once.- Ramon Barros Luco.- Enrique A. Rodríguez.