Art. 2.º Los fondos de la Caja de Ahorros se formarán con las siguientes partidas:
    1.º Con el cinco por ciento del sueldo i gratificacion de cada empleado que se descontará mensualmente por las oficinas pagadoras;
    2.º Con la primera diferencia mensual de sueldo de un empleado ascendido;
    3.º Con la parte del sueldo del mes que dejen de percibir los empleados que fallecen;
    4.º Con la parte del sueldo que se descuente a los empleados en caso de licencia por enfermedad;
    5.º Con las multas que se impongan a los empleados por faltas en el servicio;
    6.º Con el producto de los avisos en las estaciones;
    7.º Con los jornales insolutos no reclamados; i 8.º Con el uno i medio por mil de las entradas de la Empresa.