Lei núm. 2,501.- Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobacion al siguiente
PROYECTO DE LEI:
Artículo único.- Concédese, por gracia, a doña Adela Dublé, v. de Soto Correa, el goce de la pension que ha dejado de percibir en el lapso de tiempo comprendido entre la muerte de su marido, ocurrida el 31 de agosto de 1891, i el 15 de julio de 1896, en cuya fecha se le puso en posesion de su correspondiente montepío militar.
I por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo i sancionarlo; por tanto, promúlguese i llévese a efecto como lei de la República.
Santiago, veintisiete de marzo de mil novecientos once.- Ramon Barros Luco.- Ramon Leon Luco.