Lei núm. 2,503.- Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobacion al siguiente

    PROYECTO DE LEI:

    Artículo único.- En atencion a los servicios prestados al Ejército espedicionario al interior de la sierra del Perú durante la campaña del Pacífico por don Clemente Olivares Muñoz, elévase, por gracia, de setenta a cien pesos mensuales la pension de que actualmente disfruta.
    I por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo i sancionarlo; por tanto, promúlguese i llévese a efecto como lei de la República.
    Santiago, veintisiete de marzo de mil novecientos once.- Ramon Barros Luco.- Ramon Leon Luco.