Artículo 6º.- En caso de no contratarse los empréstitos, la Municipalidad de Vichuquén podrá girar con cargo al rendimiento del tributo señalado en el artículo 4º para su inversión directa en la obra a que se refiere el artículo 3º. Podrá, asimismo, destinar a la ejecución de la mencionada obra el excedente que se produzca entre esos recursos y el servicio de la deuda, en el evento de que el préstamo se contrajera por un monto inferior al autorizado.