"Artículo 1º- Autorízase a la Municipalidad de Purranque para contratar directamente con el Banco del Estado de Chile u otra Institución de crédito o bancaria, uno o más empréstitos que produzcan hasta la cantidad de cuatrocientos mil escudos (Eº 400.000), al interés bancario corriente y con una amortización que extinga la deuda en el plazo máximo de diez años.