Lei núm. 2,696.- Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobacion al siguiente
PROYECTO DE LEI:
Artículo único.- En atencion a los servicios prestados por el teniente-coronel de la Independencia, don Estanislao Anguita, concédese, por gracia, a su hija doña Quiteria Anguita, el goce de una pension anual de dos mil pesos ($ 2,000), en vez de la de montepío de que actualmente disfruta.
I por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo i sancionarlo; por tanto, promúlguese i llévese a efecto como lei de la República.
Santiago, cuatro de setiembre de mil novecientos doce.- Ramon Barros Luco.- Claudio Vicuña S.