Lei núm. 2,734.- Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobacion al siguiente

    PROYECTO DE LEI:

    Artículo único.- Concédese, por gracia, a doña María Luisa i a doña Jesús Lastenia Montt Salamanca una pension mensual de cien pesos ($ 100), como hermanas lejítimas del subteniente del batallon Chacabuco, don Julio Montt Salamanca, muerto el 10 de julio de 1882 en la defensa de la plaza de la Concepcion, pension de que disfrutarán con arreglo a la lei de montepío militar.

    I por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo i sancionarlo; por tanto, promúlguese i llévese a efecto como lei de la República.
    Santiago, cuatro de enero de mil novecientos trece.- Ramon Barros Luco.- Claudio Vicuña S.