LEY NUM. 16.654
ESTABLECE NUEVO PLAZO PARA ACOGERSE A LOS BENEFICIOS DE LA LEY Nº 11.138
Por cuanto el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de ley:
"Artículo único.- Establécese un nuevo plazo de 180 días, a contar desde la vigencia de la presente ley, para acogerse a los beneficios de la ley Nº 11.138, que autorizó al Presidente de la República para vender a los arrendatarios de predios fiscales ubicados en San Antonio los terrenos que actualmente ocupan y en los cuales han ejecutado construcciones destinadas a la habitación."
Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, publíquese y llévese a efecto como ley de la República.
Santiago, cuatro de Agosto de mil novecientos sesenta y siete.- EDUARDO FREI MONTALVA.- Hugo Trivelli F.
Lo que digo a U. para su conocimiento.- Dios guarde a U.- Angel Esnaola Martínez, Subsecretario de Tierras y Colonización.