RECTIFICA DECRETO Nº 516, DE 1998

    Núm. 78.- Valparaíso, 24 de febrero de 1999.- Vistos: Lo dispuesto en el artículo 32 Nº 8 de la Constitución Política de la República; en los artículos 47º y 49º de la ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional sobre Bases Generales de la Administración del Estado; en el párrafo 3º del título II de la ley Nº 18.834, sustituido por la ley Nº 19.165; el DFL Nº 1 de 1992; el Oficio Presidencial Nº 006 de junio de 1998; el decreto Nº 516 de 1998, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.

    D e c r e t o:



    Artículo único: Rectifícase el artículo 6 del decreto Nº 516 de 1998, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, en lo relativo al puntaje de calificación para lista Nº 4, de eliminación, dice ''de 1 a 49,99 puntos'', debe decir ''de 1 a 40,99 puntos''.
    Anótese, tómese razón y publíquese.- EDUARDO FREI RUIZ-TAGLE, Presidente de la República.- John Biehl del Río, Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción subrogante.- Raúl Troncoso Castillo, Ministro del Interior.- Eduardo Aninat Ureta, Ministro de Hacienda.
    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atte. a Ud., Edith Saa Collantes, Subsecretario de Pesca (S).