Lei núm. 2,904.- Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobacion al siguiente

PROYECTO DE LEI:

    Artículo único.- Autorízase la inversion de las sumas de un millon de pesos ($ 1.000,000), oro de dieciocho peniques, i de un millon quinientos mil pesos ($ 1.500,000), moneda corriente, en estudios de captaciones, en espropiaciones, gastos de inspeccion técnica i en pagos de obras ejecutadas en las instalaciones de agua potable de la ciudad de Iquique durante el presente año.

    I por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo i sancionarlo; por tanto, promúlguese i llévese a efecto como lei de la República.
    Santiago, a veintidos de julio de mil novecientos catorce.- Ramon Barros Luco.- Enrique Zañartu P.