Lei núm. 2,902.- Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobacion al siguiente
PROYECTO DE LEI:
Artículo único.- Concédese a la familia del guarda-almacenes segundo de los polvorines de Batuco, don Erasmo Augusto Torres, una pension de cuarenta i cinco pesos ($ 45) mensuales; i a las de los soldados Narciso Maureira, Nicolas Pino i Gregorio Villagran una pension de quince pesos ($ 15) mensuales, de las cuales gozarán en conformidad a la lei de montepío militar.
Estas pensiones se abonarán desde la fecha de la presente lei.
I por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo i sancionarlo; por tanto, promúlguese i llévese a efecto como lei de la República.
Santiago, a veintiuno de julio de mil novecientos catorce.- Ramon Barros Luco.- R. Corbalan Melgarejo.