Lei núm. 3,010.- Por cuanto el Congreso Nacional ha prestado su aprobacion al siguiente

    PROYECTO DE LEI:

    Artículo único.- Se concede, por gracia, al Ministro de la Corte de Apelaciones de La Serena, don Miguel Carreño Gómez, para los efectos de su jubilacion, el tiempo comprendido entre el 24 de diciembre de 1887 i el 18 de mayo de 1891, en que desempeñó los cargos de procurador del número de la Corte de Apelaciones de Tacna i de abogado-procurador de la Municipalidad de Iquique.
    I por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo i sancionarlo; por tanto, promúlguese i llévese a efecto como lei de la República.
    Santiago, a diecisiete de agosto de mil novecientos quince.- Ramon Barros Luco.- Samuel Claro Lastarria.