Lei núm. 2,909.- Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobacion al siguiente

PROYECTO DE LEI:

    Artículo único.- Se declara de utilidad pública los terrenos  que fueren necesarios para el ferrocarril de Cajon a Llaima, desvíos i pozos de lastre, debiendo hacerse la espropiacion  de los terrenos en conformidad con la lei de 18 de junio de 1857, i a los planos que apruebe el Presidente de la República.

    I por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo i sancionarlo; por tanto, promúlguese i llévese a efecto como lei de la República.
    Santiago, a veintinueve de julio de mil novecientos catorce.- Ramon Barros Luco.- Enrique Zañartu P.