Art. 2.º Los bonos se colocarán a la par y su producto se destinará, esclusivamente, a solucionar las obligaciones pendientes de la Municipalidad, cuyo monto aproximado es el siguiente:

Cuenta en cartera        $    594,298  05
Espropiaciones              2.815,000
Espropiaciones pendientes    700,000
Créditos pendientes          200,000
Cuenta del Banco de
Chile                      1.000,000

    Estas obligaciones podrán ser pagadas con los bonos del empréstito que se autoriza, estimados a la par.

    Los pagos se harán sobre la base del estudio presentado a la Municipalidad por la Comision que examinó dichas cuentas, y previo informe de una junta compuesta de uno de los alcaldes, elejido por la Junta de Alcaldes; de un inspector de cuentas municipales, designado por el presidente del Tribunal de Cuentas y de uno de los miembros de la Comision referida, elejido por el Presidente de la República.