Artículo único.- Concédese, por gracia, a doña Eduvíjis Mery v. de Mascareño, el derecho de gozar de la pension correspondiente, en conformidad a la lei de 22 de diciembre de 1871, como madre viuda del subteniente del rejimiento movilizado Coquimbo, don Daniel 2.º Mascareño, muerto en la batalla de Miraflores.