INSTITUYE "DIA ESCOLAR POR LA PAZ Y LA NO VIOLENCIA" Núm. 515.- Santiago, 19 de agosto de 1993.- Considerando:
    Que, la Convención de los Derechos del Niño, ratificada por Chile el 19 de agosto de 1990, establece entre otros, que "la educación del niño deberá estar encaminada a su preparación para una vida responsable en una sociedad libre, con espíritu de comprensión, paz, tolerancia, igualdad de los sexos y amistad entre todos los pueblos, grupos étnicos nacionales y religiosos y personas de origen indígena";
    Que, el niño debe estar preparado para una vida independiente en sociedad;
    Que, los menores pasan una parte importante de su vida en los establecimientos educacionales y, en consecuencia, éstos deben ofrecer un espacio apropiado para su desarrollo;
    Que, es necesario que, al interior de estos establecimientos, exista reflexión y diálogo sobre la paz y el entendimiento entre todos los seres humanos que, los contenidos sobre estos temas sean considerados en los programas de estudios de los distintos niveles educativos, y, además, se estima conveniente destinar un día en que estas materias se consideren en forma especial; y,
    Visto: Lo dispuesto en la Ley N°18.956 y en los artículos 32 N°8 y 35 de la Constitución Política de la República de Chile,
    Decreto:

    Artículo único: Institúyese el día 19 de agosto como el "Día Escolar por la Paz y la No Violencia".
    Anótese, tómese razón, publíquese e insértese en la recopilación oficial de la Contraloría General de la República.- PATRICIO AYLWIN AZOCAR, Presidente de la República.- Jorge Arrate Mac Niven, Ministro de Educación.
    Lo que transcribo a usted para su conocimiento.- Saluda a usted.- Julio Valladares Muñoz, Subsecretario de Educación.