NO DA LUGAR A LA SOLICITUD DE CONCESION DE PERSONALIDAD JURIDICA
Santiago, 10 de Mayo de 1993.- Hoy se decretó lo que sigue:
Núm. 519.- Vistos: estos antecedentes, lo dispuesto en la letra o) del artículo 2° del Decreto Ley N° 3.346, de 1980; en el Decreto Supremo de Justicia N° 924, de 2 de julio de 1981; en los artículos 4°, N° 2 y 23 inciso primero, del Decreto Supremo de Justicia N° 110, publicado en el Diario Oficial de 20 de marzo de 1979 y lo informado por el Sr. Secretario Regional Ministerial de Justicia de la Región Metropolitana, por la División Judicial del Ministerio de Justicia, por la Corporación de Asistencia Judicial de la Región Metropolitana y por el Consejo de Defensa del Estado, y
Considerando:
1° Que la entidad demoninada "Corporación de Asistencia Jurídica y Judicial Andrés Bello", con domicilio en la provincia de Santiago, Región Metropolitana, ha solicitado la concesión de personalidad jurídica, al amparo de las disposiciones del Título XXXIII del Libro I del Código Civil, pidiendo la aprobación de sus estatutos, en la forma que da testimonio la escritura pública de fecha 24 de julio de 1991, otorgada ante el Notario Público de Santiago, doña Gloria Patricia Cortés Escaida.
2° Que, de acuerdo a lo informado por el Consejo de Defensa del Estado, los objetivos no se encuentran taxativamente señalados en los estatutos; que el objetivo destinado a "incentivar" a los egresados de Derecho de las Universidades públicas o privadas para que realicen su práctica profesional en las oficinas de la corporación, es improcedente y contraria a derecho y que tampoco aparecen asegurados los propósitos a que se refiere el artículo 600 del Código Orgánico de Tribunales, a fin de proporcionar servicios judiciales a los litigantes pobres.
Decreto:
No ha lugar a la solicitud de concesión de personalidad jurídica impetrada por la entidad denominada "Corporación de Asistencia Jurídica y Judicial Andrés Bello", con domicilio en la provincia de Santiago, Región Metropolitana de Santiago.
Tómese razón, comuníquese y publíquese.- Por orden del Presidente de la República.- Francisco Cumplido Cereceda, Ministro de Justicia.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Le saluda atentamente.- Martita Worner Tapia, Subsecretario de Justicia.