DETERMINA MODELO DE NOMINA DE PASAJEROS PARA LOS EFECTOS DEL ART. 59 BIS DEL DECRETO Nº 212, DE 1992

(Resolución)

    Núm. 24.- Santiago, 2 de julio de 1999.- Visto: Lo dispuesto en el artículo 59 bis del D.S. Nº 212/92, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Subsecretaría de Transportes, y lo dispuesto en los D.S.
Nº 11/85 y Nº 507/97, ambos del Ministerio de Salud,
    R e s u e l v o:


    1.- El modelo de listado a que se refiere el artículo 59 bis del D.S. Nº 212/92, mediante el cual todo servicio interurbano de transporte de pasajeros con recorridos de más de cinco horas de duración tiene la obligación de confeccionar un listado con la nómina de pasajeros que transporta, será el denominado "Nómina de Pasajeros" Resolución 2324 EXENTA,
TRANSPORTES
N° 1
D.O. 05.09.2019
y deberá ser llenado a través de una planilla digital o a través de una planilla escrita a mano,Resolución 117 EXENTA,
TRANSPORTES
N° 1
D.O. 15.05.2020
que se incluye como anexo a esta resolución y que se entiende formar parte de ella.
    Cualquiera sea la modalidad en la que se confeccioneResolución 1743 EXENTA,
TRANSPORTES
N° 1
D.O. 21.04.2022
la Nómina de Pasajeros, la información contenida en ella deberá ser ingresada en formato digital, a la aplicación dispuesta por la Subsecretaría de Transportes para dicho efecto, en un plazo máximo de 24 horas, contados desde la fecha y hora de llegada al destino de cada viaje o recorrido.
    2.- El servicio deberá requerir a cada pasajero todos los datos que considera la referida nómina. Si el pasajero se niega a proporcionar uno o más de los datos solicitados el servicio se limitará a consignar en la nómina esta situación.
    3.- La presente resolución entrará en vigencia treinta días después de su publicación en el Diario Oficial.




    Anótese, tómese razón y publíquese.- Claudio Hohmann Barrientos, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda a Ud., Patricia Muñoz Villela, Jefe Depto. Administrativo.




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    Devuelve resolución Nº 24, de 1999, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones


Nº 25.635.- Santiago, 15 de julio de 1999.
La Contraloría General se abstiene de tomar razón del documento del epígrafe, que determina modelo de nómina de pasajeros para los efectos previstos en el artículo 59 bis del D.S. Nº 212, de 1992, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, incorporado por el artículo único del decreto Nº 41, de 1999, por cuanto dicho acto se encuentra exento del trámite antes señalado, en virtud de lo dispuesto en la resolución Nº 520, de 1996, de este Organismo de Control.
    Lo anterior es sin perjuicio de los controles de reemplazo previstos en la normativa precitada. En consecuencia se devuelve sin tramitar la resolución de la suma.
Saluda atentamente a US, Arturo Aylwin Azócar, Contralor General de la República.

Al señor Ministro de Transportes y Telecomunicaciones Presente