Lei núm. 3,182.- Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobacion al siguiente

    PROYECTO DE LEI:

    Artículo único.- Elévase a la suma de dos millones novecientos sesenta mil pesos ($ 2.960,000) la cantidad de un millon ochocientos mil pesos ($ 1.800,000) que autoriza invertir la lei número 2,953, de 9 de diciembre de 1916, en la construccion de un canal derivado del rio Laja y para subvenir al pago de las espropiaciones, de los estudios definitivos de él, inspeccion de los trabajos y servicio de los bonos durante su construccion.
    La emision y el servicio de estos bonos se hará en las condiciones que establece la lei citada.

    Y por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, promúlguese y llévese a efecto como lei de la República.
    Santiago, a veintinueve de diciembre de mil novecientos dieciseis.- Juan Luis Sanfuentes.- Ramon Leon Luco.