PROMULGA EL TRATADO DE LIBRE COMERCIO, SUS ANEXOS Y APENDICES, CON LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

    Núm. 1.101.- Santiago, 7 de julio de 1999.- Vistos: Los artículos 32, Nº 17, y 50, Nº 1), de la Constitución Política de la República, y la ley Nº 18.158.

    Considerando:

    Que con fecha 17 de abril de 1998 se suscribió, en Santiago, entre la República de Chile y los Estados Unidos Mexicanos el Tratado de Libre Comercio, sus anexos y apéndices.

    Que dicho tratado, sus anexos y apéndices fue aprobado por el Congreso Nacional, según consta en el oficio Nº 2397, de 22 de junio de 1999, de la Honorable Cámara de Diputados.

    Que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el Capítulo 20, artículo 20-04, numeral 2, del mencionado Tratado.

    D e c r e t o:


    Artículo único: Promúlgase el tratado de libre comercio, sus anexos y apéndices, suscrito entre la República de Chile y los Estados Unidos Mexicanos el 17 de abril de 1998; cúmplase y llévese a efecto como ley y publíquese en la forma establecida en la ley 18.158.
    Anótese, tómese razón, regístrese y publíquese.- EDUARDO FREI RUIZ-TAGLE, Presidente de la República.- Juan Gabriel Valdés Soublette, Ministro de Relaciones Exteriores.- Eduardo Aninat Ureta, Ministro de Hacienda.

    Lo que transcribo a US. para su conocimiento.- Demetrio Infante Figueroa, Embajador Director General Administrativo.