DEJA SIN EFECTO SUSPENSION DISPUESTA POR RESOLUCION Nº 830 EXENTA, DE 1990
(Resolución)
Núm. 1.022 exenta.- Santiago, 7 de julio de 1999.- Visto: El decreto Nº 257 de 1991, del Ministerio de Relaciones Exteriores, promulgatorio del Acuerdo sobre Transporte Internacional Terrestre adoptado el 1 enero de 1990 por Chile, Argentina, Bolivia, Brasil, Paraguay y Uruguay; el Acta de la II Reunión Bilateral de los Organismos de Aplicación del Convenio de Transporte Internacional Terrestre de Chile y Uruguay, suscrita en Montevideo el 21 de agosto de 1990; la resolución ministerial exenta Nº 830, de 29 de noviembre de 1990; y Considerando: Que, se han superado las causas que originaron la dictación de la resolución exenta Nº 830 de 1990,
R e s u e l v o:
Déjese sin efecto la suspensión dispuesta en resolución exenta Nº 830 de 1990, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Subsecretaría de Transportes.
Anótese y publíquese.- Claudio Hohmann Barrientos, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda a Ud., Patricia Muñoz Villela, Jefe Depto. Administrativo.