Lei núm. 3,246.- Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobacion al siguiente

    PROYECTO DE LEI:

    Artículo único.- Se declara de utilidad pública una faja de terreno de veintidos mil ciento sesenta y cinco metros cuadrados para la apertura de un camino de acceso del pueblo de Rafael a la estacion de Pissis, del ferrocarril de Confluencia a Tomé y Penco, debiendo hacerse la espropiación con arreglo a la lei de 18 de junio de 1857.
    Los fondos necesarios para pagar la espropiacion se tomarán del ítem "Para continuar la construccion de caminos de acceso a las estaciones de los Ferrocarriles del Estado", que consulta el presupuesto de Industria y Obras Públicas para el año 1917.

    Y por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, promúlguese y llévese a efecto como lei de la República.
    Santiago, a catorce de julio de mil novecientos diecisiete.- Juan Luis Sanfuentes.- Alberto González E.