Artículo 11.- El sostenedor y la Dirección delDTO 50, EDUCACION
Art. único Nº 9
D.O. 21.06.2006
establecimiento adoptarán las medidas pertinentes para que el Centro de Alumnos cuente con los asesores que se requieran, con motivación por el trabajo con jóvenes, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 de este reglamento.