Lei núm. 3,298.- Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobacion al siguiente
PROYECTO DE LEI:
Artículo 1.o Créanse en el Tribunal de Cuentas los siguientes empleos:
Un jefe de toma-razon, $ 8,000;
Un jefe de seccion (Jefe de la Inspeccion en los Ferrocarriles), $ 8,000;
Dos examinadores primeros, con seis mil pesos cada uno, $ 12,000;
Dos examinadores segundos, con cinco mil pesos cada uno, $ 10,000;
Dos examinadores terceros, con cuatro mil quinientos pesos cada uno, $ 9,000;
Dos examinadores cuartos, con cuatro mil pesos cada uno, $ 8,000.
Art. 2.o La Empresa de los Ferrocarriles del Estado pondrá anualmente a disposicion del Presidente de la República la suma de cincuenta y cinco mil pesos ($ 55,000), a fin de atender al pago de los sueldos de dicho personal.
Art. 3.o Los empleados del Tribunal de Cuentas que sean designados para prestar sus servicios en los Ferrocarriles del Estado no podrán percibir de la Empresa ninguna remuneracion especial.
Y por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, promúlguese y llévese a efecto como lei de la República.
Santiago, a veintiuno de setiembre de mil novecientos diecisiete.- Juan Luis Sanfuentes.- Armando Quezada A.