Artículo 2º.- La adopción se sujetará, en cuanto a su tramitación, a las normas establecidas en esta ley y, en lo no previsto por ella, a las del Título III de laLEY 19968
Art. 125 Nº 1
D.O. 30.08.2004
Ley que crea los Juzgados de Familia.

NOTA:
      El artículo 134 de la LEY 19968, publicada el 30.08.2004, dispone que las modificaciones introducidas a la presente norma, empezarán a regir el día 1º de octubre de 2005.