Artículo 3º.- La Dirección de Arquitectura del Ministerio de Obras Públicas y Transportes procederá a la restauración y alhajamiento de la casa declarada Monumento Nacional en el artículo 1º, y a la Municipalidad de Ninhue corresponderá, con la ayuda de la Dirección de Bibliotecas, Archivos y Museos, velar por su mantenimiento.