MODIFICA DECRETO Nº 42, DE 1985, SOBRE CAUCIONES SOLIDARIAS CORFO
Núm. 264.- Santiago, 28 de mayo de 1999.- Visto: El acuerdo del Consejo de la Corporación de Fomento de la Producción adoptado en sesión Nº 305, de 12 de marzo de 1999, sobre ampliación de las cauciones solidarias Corfo; lo dispuesto en el D.F.L. Nº 211, de 1960; el D.L. Nº 1.263, de 1975, y en el artículo 32, Nº 8 de la Constitución Política de la República de Chile.
D e c r e t o:
Modifícase el artículo 1º del decreto supremo Nº 42, de 1985, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, cuyo texto fue sustituido por la letra a) del decreto supremo Nº 674, de 1994, del mismo Ministerio en el sentido de agregar, a continuación de la letra c), las siguientes nuevas letras:
d) Proyectos Forestales: a pequeños y medianos agricultores del sector privado que se encuentren afectos a los beneficios del decreto ley Nº 701, de 1974 y sus modificaciones, sobre Fomento Forestal.
e) Obras de Regadío: a pequeños y medianos agricultores del sector privado que se encuentren afectos a los beneficios de la ley Nº 18.450, sobre Fomento al Riego y Drenaje.
f) Relocalización de Empresas: a empresas privadas que desarrollen sus actividades en la Región Metropolitana que reinstalen sus plantas e instalaciones en otras regiones del país.
Anótese, tómese razón y publíquese.- EDUARDO FREI RUIZ-TAGLE, Presidente de la República.- Jorge Leiva Lavalle, Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción.- Eduardo Aninat Ureta, Ministro de Hacienda.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a usted, Luis Sánchez Castellón, Subsecretario de Economía, Fomento y Reconstrucción.