DECLARA MONUMENTO HISTORICO LA CAPILLA NUESTRA SEÑORA DEL TRABAJO, DE BATUCO

    Núm. 218 exento.- Santiago, 6 de agosto de 1999.- Considerando:

    Que, la Capilla Nuestra Señora del Trabajo, ubicada en la localidad de Batuco, comuna de Lampa, en calle Liray s/n, fue diseñada por el arquitecto Jorge Yáñez Z., su estructura se compone de sólidos muros de piedra canteada, su cubierta, vanos de las puertas y ventanas, aleros, canes y otros elementos ornamentales, evidencian el oficio de artesanos y constructores, que trabajaron con pericia materiales nobles como la piedra, madera y arcilla;
    Que, dicha Capilla mantiene inalterada su expresión arquitectónica, conserva su espacialidad original y se relaciona armónica y funcionalmente con los recintos del sagrario, dependencias anexas torre y mirador exterior;
    Que, la Capilla fue construida en 1947, en terrenos que fueron de la familia de don Ricardo Vial Correa; actualmente pertenece al ''Hogar San Ricardo'', a cargo de la Obra Don Guanella, institución que acoge a niños que sufren incapacidad física y mental y goza de gran aprecio por parte de la comunidad local; y,

    Visto: Lo dispuesto en la ley Nº 17.288 de 1970; decreto supremo de Interior Nº 654 de 1994; acuerdo de sesión de 07.04.1999 del Consejo de Monumentos Nacionales; Ord. Nº 3.088 de Secretario del Consejo de Monumentos Nacionales, de 26.07.1999; carta del R.P. Guiseppe Pulcinelli, representante legal de la Obra Don Guanella, de 15.01.1999; carta de don Carlos Escobar P., alcalde de Lampa, de 04.05.1999; carta de Junta de Vecinos Nº 15 Santa Rosa del Puente Lo Pinto, Lampa, de 15.04.1999; informe del arquitecto Claudio Massone S.; resolución Nº 520 de 1996 de la Contraloría General de la República y en los artículos 32 Nº 8 y 35 de la Constitución Política de la República de Chile;

    D e c r e t o:


    Artículo único: Declárase Monumento Histórico la Capilla Nuestra Señora del Trabajo, ubicada en calle Liray s/n, de la localidad de Batuco, comuna de Lampa, provincia de Chacabuco, Región Metropolitana, y el entorno demarcado en el polígono A, B, C, D, E, F, G, H, A, según plano que se adjunta, y que forma parte del presente decreto.

    Anótese, comuníquese y publíquese.- Por orden del Presidente de la República, José Pablo Arellano Marín, Ministro de Educación.
    Lo que transcribo a usted para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Jaime Pérez de Arce Araya, Subsecretario de Educación.