Lei núm. 3,369.- Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobacion al siguiente
PROYECTO DE LEI:
Artículo único.- Elévase a la suma de ocho millones de pesos ($ 8.000,000), la cantidad de cuatro millones quinientos mil pesos ($ 4.500,000), que autoriza invertir la lei número 2,953, de 9 de diciembre de 1914, en la construccion de un canal derivado del rio Melado hasta el rio Ancoa, en la provincia de Lináres; y para el pago de las espropiaciones, de los estudios definitivos, de la inspeccion técnica y del servicio de los bonos durante su construccion.
La emision y el servicio de estos bonos se harán en las condiciones que esa lei establece.
Y por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, promúlguese y llévese a efecto como lei de la República.
Santiago, dieciseis de mayo de mil novecientos dieciocho.- Juan Luis Sanfuentes.- Ramon Briones Luco.