REAJUSTA MONTO DE LAS MULTAS EXPRESADAS EN PESOS ESTABLECIDAS EN LA LEY N° 18.290, NUEVA LEY DE TRANSITO
Santiago, 29 de Enero de 1987.- Hoy se decretó lo que sigue:
Núm. 145.- Visto: Estos antecedentes, lo dispuesto en el artículo 209 de la Ley N° 18.290, modificado por la Ley N° 18.597, y en los artículos 32 N° 8 y 35 de la Constitución Política de la República de Chile, y
Teniendo presente: Que de conformidad a la información oficial proporcionada por el Instituto Nacional de Estadísticas, la variación experimentada por el Indice de Precios al Consumidor en el período comprendido entre el 01 de Enero y el 31 de Diciembre de 1986, alcanzó al 17,4%,
Decreto:
Artículo único: Reajústanse, a contar del 01 de Marzo de 1987, en un 17,4% las multas expresadas en pesos a que se refieren los artículos 102, 201 y 206 de la Ley N° 18.290, fijándose su nuevo monto en las cantidades que a continuación se indican:
Monto anterior Monto nuevo
1.- Artículo 102.- $ 37.900.- $ 4.500.-
$ 63.200.- $ 74.200.-
2.- Artículo 201.-
(inciso 1°) N° 1 $ 6.300.- $ 7.400.-
N° 2 $ 5.100.- $ 6.000.-
N° 3 $ 3.800.- $ 4.500.-
N° 4 $ 1.300.- $ 1.500.-
(inciso 2°) $ 25.300.- $ 29.700.-
$ 252.800.- $ 296.800.-
3.- Artículo 206.- $ 6.300.- $ 7.400.-
Tómese razón, comuníquese y publíquese.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.- Luis Manríquez Reyes, Ministro de Justicia subrogante.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Le saluda atentamente.- Daniel Munizaga Munita, Subsecretario de Justicia subrogante.